El día 17 de diciembre de 2020, el presidente de la República de Panamá firmó la Ley 189 de 17 de diciembre de 2020 que reforma el Código Fiscal, para crear un régimen de impuestos sobre la renta aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas, a los empresarios y a los emprendedores en Panamá.
La Ley establece un régimen a partir del período fiscal 2020, y que señala el ingreso total y el impuesto a pagar sobre la renta neta gravable para cada tipo de personal jurídica (micro, pequeña y mediana empresa).
Ingeso Total en Balboas Impuesto a Pagar sobre la Renta Neta
Hasta 11,000.00 7,5%
De 11,000.01 a 36,000.00 10%
De 36,000.01 a 90,000.00 12,5%
De 90,000.01 a 150,000.00 15%
De 150,000.01 a 350,000.00 20%
De 350,000.01 a 500,000.00 22,5%
Igualmente se considera la exoneración del impuesto complementario.
Para someterse a este beneficio fiscal, las personas jurídicas deben cumplir una serie de requisitos:
1. Registro Empresarial de la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME).
2. Que de manera directa o indirectamente, no se dé un fraccionamiento de una empresa en varias personas jurídicas.
3. Que la persona jurídica perciba ingresos brutos anuales que no excedan de 500,000.00 balboas.
4. Que las acciones de la persona jurídica sean nominativas y que sus accionistas o socios sean personas naturales.
Toda esta información deberá ser verificada por el Órgano Ejecutivo a través de la Dirección General de Ingresos (DGI).